Intrucciones para votar por correo en las Elecciones Generales del 23 de julio

Sigue estas instrucciones para tu voto por correo en las  próximas elecciones generales del 23 de julio de 2023 

VOTO POR CORREO DE ELECTORES RESIDENTES EN ESPAÑA

Solicitud del voto por correo:

30 mayo – 13 julio

Envío por la Oficina del Censo Electoral de la documentación del voto por correo:

3 julio – 16 julio

Remisión por electores voto por correo:

3 julio – 19 julio

  1. VOTO DE ELECTORES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (CERA)

    Envío de oficio de la documentación CERA (excepto papeletas) por la Oficina del Censo Electoral:

    17 junio – 23 junio

    Envío de oficio de las papeletas por la Oficina del Censo Electoral, si no hay impugnación de candidaturas:

    28 junio – 2 julio

    Envío de oficio de las papeletas por la Oficina del Censo Electoral, si hay impugnación de candidaturas:

    28 junio – 8 julio

    Remisión electores voto por correo al Consulado:

    27 junio – 18 julio

    Depósito electores voto en urna (Consulado o centros habilitados):

    15 julio – 20 julio

    Remisión de los votos y del Acta Consular a la oficina del Ministerio de Asuntos Exteriores:

    22 julio

VOTO ELECTORES TEMPORALMENTE EN EL EXTRANJERO (ERTA)

Solicitud para el voto de los temporalmente ausentes:

30 mayo – 24 junio

Remisión por la Dirección Provincial de la Oficina del Censo Electoral de la documentación necesaria para votar:

27 junio – 3 julio

Remisión por la Dirección Provincial de la Oficina del Censo Electoral de la documentación necesaria para votar:

27 junio – 11 julio

Remisión del voto a la Mesa:

27 junio – 19 julio

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