Intrucciones para votar por correo en las Elecciones Generales del 23 de julio
Sigue estas instrucciones para tu voto por correo en las próximas elecciones generales del 23 de julio de 2023
VOTO POR CORREO DE ELECTORES RESIDENTES EN ESPAÑA
Solicitud del voto por correo:
30 mayo – 13 julio
Envío por la Oficina del Censo Electoral de la documentación del voto por correo:
3 julio – 16 julio
Remisión por electores voto por correo:
3 julio – 19 julio
VOTO DE ELECTORES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (CERA)
Envío de oficio de la documentación CERA (excepto papeletas) por la Oficina del Censo Electoral:
17 junio – 23 junio
Envío de oficio de las papeletas por la Oficina del Censo Electoral, si no hay impugnación de candidaturas:
28 junio – 2 julio
Envío de oficio de las papeletas por la Oficina del Censo Electoral, si hay impugnación de candidaturas:
28 junio – 8 julio
Remisión electores voto por correo al Consulado:
27 junio – 18 julio
Depósito electores voto en urna (Consulado o centros habilitados):
15 julio – 20 julio
Remisión de los votos y del Acta Consular a la oficina del Ministerio de Asuntos Exteriores:
22 julio
VOTO ELECTORES TEMPORALMENTE EN EL EXTRANJERO (ERTA)
Solicitud para el voto de los temporalmente ausentes:
30 mayo – 24 junio
Remisión por la Dirección Provincial de la Oficina del Censo Electoral de la documentación necesaria para votar:
27 junio – 3 julio
Remisión por la Dirección Provincial de la Oficina del Censo Electoral de la documentación necesaria para votar:
27 junio – 11 julio
Remisión del voto a la Mesa:
27 junio – 19 julio